La OCDE apoya la reforma de las pensiones.
Economía Para Todos: pensiones privadas y subida del IVA - 10/03/10
Los planes de pensiones en España.
Los planes de pensiones en España.
Los planes de pensiones aparecen en España con la Ley 8/1987, de 8 de junio, con cierto retraso en comparación con otros países como Reino Unido, Alemania o Estados Unidos, donde llevaban funcionando varios años, y en los cuales ya se había observado su eficiencia y sus efectos en los mercados de valores. Además, según García y García (2006, 2007), se ha comprobado que, como mecanismo de captación de ahorro, ayudaban a desarrollar los mercados de capitales, facilitando las inversiones de las empresas.
Por ello, en las décadas de los setenta y ochenta del siglo XX, los planes y fondos de pensiones se contemplaron como una figura alternativa a la crisis de la Seguridad Social, y como fuente dinamizadora del ahorro, ya que las tasas de ahorro habían sufrido drásticas bajadas.
Actualmente, las dos normas básicas que regulan los fondos y planes de pensiones son: – RD Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, Texto Refundido de la Ley Reguladora de Planes de Pensiones y Fondos de Pensiones. – RD 304/2004, de 20 de febrero, que aprueba un nuevo Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, que complementa el Texto Refundido de la Ley. Atendiendo a su función, el artículo 1.1 del RD 1/2002, define a los planes de pensiones de la siguiente manera: «los planes de pensiones definen el derecho de las personas a cuyo favor se constituyen a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez, las obligaciones de contribución a los mismos y, en la medida permitida por la presente ley, las reglas de constitución y funcionamiento del patrimonio que al cumplimiento de los derechos que reconoce ha de afectarse».
De esta forma, los planes de pensiones constituyen un instrumento de ahorro en el que los sujetos o partícipes realizan aportaciones, periódicas o extraordinarias, con el objetivo de formar a largo plazo un capital que les podrá servir como complemento privado a las prestaciones del sistema público de pensiones, en el momento de la jubilación.
Por tanto, los planes de pensiones son instituciones de previsión privada, voluntaria y libre, de carácter privado, que pueden ser complementarios o no, al sistema público de previsión social, pero al que no sustituyen en ningún caso. El medio para instrumentar los planes de pensiones son los fondos de pensiones. Estos son patrimonios independientes, sin personalidad jurídica, a través de los cuales se realiza la inversión del ahorro-previsión generado a través de los planes de pensiones; por esta razón, los planes y fondos de pensiones constituyen una institución de carácter previsional.
Características de los planes de pensiones.
Las características fundamentales de los planes de pensiones son:
Voluntariedad en la constitución y en la adhesión. Los planes de pensiones han de ser constituidos libremente, y cualquier sujeto es libre de adherirse a uno.
Carácter privado: su creación y gestión se lleva a cabo a través de entidades de carácter privado, tales como: empresas, entidades financieras o aseguradoras, y no por entidades gestoras de la Seguridad Social. Asimismo, las prestaciones de los planes de pensiones tienen carácter privado.
No obstante, debido a la trascendencia socioeconómica, y para salvaguardar su seguridad y solvencia, el Estado ha dictado unas normas legales, que han de cumplirse y someterse al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Carácter complementario: alude al objetivo de servir como complemento al importe de la pensión pública.
Actores de los planes de pensiones
Los sujetos involucrados en los planes de pensiones son principalmente el promotor, los partícipes (clientes del plan), los partícipes en suspenso y los beneficiarios del plan. A continuación se ofrece información más detallada sobre cada uno de ellos:
- Promotor: Cualquier entidad financiera, empresa, asociación, corporación, sindicato, colectivo o grupo que cree o partícipe en el desarrollo de un plan de pensiones. Forma parte de la Comisión Promotora y de Control del Plan. Estos órganos se encargan de crear y supervisar el funcionamiento del plan de pensiones.
- Partícipes: Son las personas físicas para las que se crea el plan de pensiones. Normalmente, también son los que contribuyen mediante sus aportaciones al desarrollo del plan. Forman parte de la Comisión de Control.
- Partícipes en suspenso: Son las personas que han dejado de realizar aportaciones, pero que mantienen sus derechos consolidados en el plan de pensiones.
- Beneficiarios: Son tanto los partícipes como aquellas personas, que sin necesidad de ser partícipes, reciben las prestaciones del plan.
Ventajas de los planes de pensiones
Los planes de pensiones brindan multitud de ventajas para todos aquellos que deseen invertir parte de su dinero, aunque siempre hay que ser precavido y analizar cuál será el que mejores beneficios le ofrece según sus características y exigencias. Las principales ventajas son:
- Deducibilidad de las aportaciones en la base imponible del IRPF (Impuesto a la Renta sobre las Personas Físicas)
- No es obligatorio realizar aportaciones
- Control de las inversiones por parte de los propios partícipes
- Aportaciones flexibles y con la posibilidad de domiciliarlas.
- Liquidez para determinadas contingencias: enfermedad grave y desempleo prolongado
- Capitalización positiva del ahorro y obtención de prestaciones con valores actuales superiores a la inflación
Contratación de un plan de pensiones.
A la hora de contratar un plan de pensiones, no existe ni una edad mínima ni una edad máxima, pero siempre es recomendable hacerlo en el momento en que se comienza a trabajar para obtener mayores rendimientos. Sobre todo, un plan de pensiones es aconsejable para:
- Personas que necesiten desgravar lo máximo posible cada año.
- Quienes quieran ahorrar de manera sistemática.
- Personas de entre 25 y 60 años y cuyos ingresos anuales superen los 18.000 euros.
Es importante considerar aspectos como la edad del interesado en el siguiente sentido:
- Para las personas que están próximas a la jubilación es recomendado contratar un plan de pensiones de bajo riesgo, invertido en renta fija a corto plazo.
- Para los jóvenes que se encuentren a varios años de su jubilación, se recomienda una inversión en una renta variable. El tiempo que los distancia de la jubilación, les otorga la posibilidad de optar por inversiones más agresivas.
Sólo uno de cada cinco trabajadores tiene un plan de pensiones, según Gestha.
http://estaticos.20minutos.es/adj/2010/03/30/1487.pdf
Planes de pensiones privados Febrero 2010.
http://www.finanzzas.com/planes-de-pensiones-privados-febrero-2010
La Seguridad Social aconseja invertir en planes de pensiones privados.http://www.elpais.com/articulo/economia/Seguridad/Social/aconseja/invertir/planes/pensiones/privados/elpepueco/20070711elpepueco_12/Tes
Plan de pensiones.http://es.wikipedia.org/wiki/Plan_de_pensiones
Los planes de pensiones pierden cada vez más atractivo.
http://www.elpais.com/articulo/economia/planes/pensiones/pierden/vez/atractivo/elpepieco/20100402elpepieco_7/Tes
incentivos fiscales pensiones privadas.
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/1977428/03/10/El-Gobierno-dara-mas-incentivos-fiscales-a-los-planes-de-pensiones-privados.html
¿En qué hucha guardo mi jubilación?
http://www.elmundo.es/mundodinero/2010/03/12/economia/1268389312.html
Pérdida de interés en los planes de pensiones
.http://www.suite101.net/content/los-planes-de-pensiones-pierden-interes-a13823
¿Quién tiene un plan de pensiones privado?
http://www.20minutos.es/noticia/648240/0/planes/pensiones/privados/
La inversión en fondos de pensiones en España, a años luz del mundo desarrollado
.
http://www.libertaddigital.com/economia/la-inversion-en-fondos-de-pensiones-en-espana-a-anos-luz-del-mundo-desarrollado-1276386396/
La pensión privada más necesaria, pero más difícil.http://www.expansion.com/2010/06/04/opinion/llave-online/1275679160.html



No hay comentarios:
Publicar un comentario